El próximo 1 de julio de 2016 será aplicable en su práctica totalidad el Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento europeo y del Consejo, 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los Servicios de confianza en las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE.
Con el objetivo de adaptarse a estos cambios técnicos, a partir de finales de marzo la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM) comenzará a expedir los Nuevos certificados de representante de persona jurídica, de representante de entidad sin personalidad jurídica y de representante para administradores únicos y solidarios. A partir de abril, dejarán de emitirse los actuales certificados de persona jurídica y de entidad sin personalidad jurídica, y la renovación de los mismos no podrá realizarse a través de la página web.
Por tanto, a partir del mes de abril de 2016 podrán obtenerse los Nuevos certifiados de representante, actuando de la siguiente forma:
Si se trata de un administrador único o solidario, podrá obtener su certificado de representante sin necesidad de personarse en las oficinas de registro ni aportar documentación alguna, siempre que se identifique en la pàgina Web CERES con un certificado electrónico de persona física expedido por la FNMT-RCM o de los incluidos en el DNI electrónico.
Si no es administrador único o solidario, o s i no puede identificarse en la página web como se ha descrito en el párrafo anterior, es preciso personarse en una oficina de registro para obtener un certificado de representante, con la documentación exigible en cada caso.
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